En los últimos días, se conoció la sentencia del Superior Tribunal de Justicia respecto de la apelación que realizó el gobierno a un fallo de la Cámara de Apelaciones, que indicaba que debía abonarse la cláusula gatillo a la docencia, suspendida desde abril.La Corte provincial se pronunció de una manera tajante, dejando en claro que se debían recomponer haberes y reconociendo que son los poderes Ejecutivo y Legislativo los que deben ver cómo instrumentan esa reparación.
En Marcelo T. de Alvear 145 ya se avanza en la posibilidad de pagar el semestre que estaba judicializado, que va de abril a septiembre del año pasado, y que en conjunto representaría un incremento de sueldos cercano al 12% para los educadores.
La medida bajo análisis no representa, de momento, la vuelta plena a la cláusula de ajuste por inflación, pero es un gesto claro de acatamiento del fallo del Superior Tribunal, que -contra lo que algunos analizaron- no fue meramente declarativo sino rotundo en cuanto a la obligación de enmendar el deterioro del salario docente.
La liquidación en estudio no contemplaría el segmento de octubre a diciembre de 2025, que por la mecánica habitual de actualización debía abonarse en enero de este año, pero podría abrir una recomposición del diálogo con los gremios del sector.
El fallo del STJ confirmó parcialmente la sentencia de la Cámara. En lo que se apartó del criterio de los camaristas fue en tomar distancia de la idea de invadir las atribuciones del poder administrador, ya que la resolución de la Cámara prácticamente decía cuándo y cómo debía pagarse el aumento a los docentes. Un fallo inusual que dejó al Superior Tribunal en la incómoda necesidad de darle racionalidad y marco constitucional a la decisión, sin quebrantar la independencia de poderes del Estado.
En ese sentido, ahora la decisión del STJ está mostrando su efectividad, si se confirma que el gobierno prepara el pago de uno de los semestres de cláusula gatillo no abonados.
